Transmisión documentos I Entre empresas |
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En la figura interviene un nuevo interlocutor, las autoridades aduaneras. Cuando una transacción exige realizar una importación o una exportación, las autoridades aduaneras respectivas reciben notificación del exportador, importador y transportista sobre el movimiento de mercancías a través de la frontera. Estas declaraciones deben presentarse antes de la llegada de la mercancía a la aduana y contienen los datos correspondientes a las partes, resumen de las mercancías por grupo de artículos, transporte y embalaje, derechos de importación o de otro tipo que deban abonarse y licencia de importación o exportación. El transportista, o su agente, remitirán la "declaración del transportista" para su consignación, basándose en la hoja de ruta y la relación de mercancías.
Posteriormente se comunica al exportador, importador y transportista la notificación del despacho de una consignación, indicando el importe de los derechos que haya que abonar. El importador efectúa la liquidación de los mencionados derechos a la aduana a través de los procedimientos de pago explicados anteriormente. Si resulta necesario, las aduanas pueden solicitar al importador que les remita un mensaje de declaración detallada en el que figuren cada uno de los artículos para permitir la inspección de la mercancía de un envío.
Docenas y docenas de
documentos en papel...
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Posibles innovaciones Este intercambio de documentos puede simplificarse con EDI (Intercambio Electrónico de Datos). Concretamente, mensajes EDIFACT como el CUSDEC (Declaración aduanera del declarante exportador o importador) o CUSCAR (Declaración aduanera del transportista). |
Citar como: Serrano Cinca C. (2013): "El comercio electrónico en la transmisión de documentos", [en línea] 5campus.org, Sistemas Informativos Contables <http://www.5campus.org/leccion/ciclo> [y añadir fecha consulta] |
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