Propuesta de Distribución de Beneficios |
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El resultado, coherente con la teoría de la propiedad, únicamente cabe aplicarlo a un tipo de destinatarios que son los socios, deduciendo como gastos del período todas aquéllas asignaciones que no estén vinculadas al capital-propietario. Así la aplicación del beneficio se efectúa a dos únicos posibles destinos, estos son: la distribución de dividendos, o la retención de beneficios en el seno de la compañía. El primero supone una retribución directa a los accionistas, el segundo, bien sea con dotaciones a reservas, o con detracciones dirigidas al saneamiento de pérdidas, es una asignación al patrimonio que tienen interesado los accionistas de la sociedad.