Operaciones de comercio exterior |
I. Documentos comerciales |
Otra documentación, que puede contratar, tanto el importador como el exportador, dependiendo de las condiciones contractuales, es el contrato de transporte, en el que se especifican los requisitos del traslado de las mercancías, su origen y destino, el número de bultos y el contenido.
Constituye un recibo de entrega y a su vez de retirada, en cualquiera de las modalidades seleccionadas, transporte marítimo, aéreo, terrestre o combinaciones de estos. Este justificante demuestra que el exportador ha entregado los materiales al transportista, y éste los entregará al importador titular de la compra.
Cuando
el medio de transporte es terrestre (carretera o ferrocarril) o
aéreo se habla
de Carta de Porte que evidencia la existencia del contrato de transporte y
cumple las funciones de recibo. Si el transporte se efectúa a través de
distintos medios debiendo realizar transbordos, se trata del
Conocimiento de
Embarque de transporte combinado. Y cuando el traslado de la mercancía es
marítimo concurren diversos documentos como el Recibo de a Bordo que es un
recibo eventual que confirma que la mercancía ha sido embarcada, la Lista de
Embarque es la enumeración exhaustiva de los paquetes y su contenido, el
Conocimiento de Embarque certifica que se ha efectuado el embarque y se
formaliza como un recibo de la mercancía, y la Póliza de Fletamento se
constituye cuando se concierta un buque completo.