Operaciones de comercio  exterior

I. Documentos comerciales

 

Los certificados relativos a la mercancía, los emiten los organismos oficiales competentes, o en su defecto, el propio exportador, y en definitiva es quien lo tiene que tramitar, aunque, en general, los gastos corren por cuenta del importador, a excepción de que la exigencia de presentarlos sea por parte de la Aduana de exportación.

El certificado de origen indica el país donde ha sido elaborado, fabricado o transformado, que es un concepto distinto de la procedencia de la mercancía, ya que ésta hace referencia al lugar concreto donde ha sido expedida o embarcada. Habitualmente lo acreditan las Cámaras de Comercio, organizaciones industriales u otro organismo gubernamental capacitado para firmarlo. Este certificado es solicitado para elaborar, en función del país de origen, las tasas e impuestos correspondientes o los derechos de importación, cuando la mercancía soporta diferencias arancelarias, o existe control de cupos, o cualquier otro requisito en estos términos.

Con el certificado de calidad queda confirmado que el producto cumple con el canon y la muestra de calidad acordado entre las partes y con las normas internacionales de calidad. No significa que posea la condición de óptimo, simplemente se adecua  a los requisitos negociados. Lo emite un laboratorio de carácter privado o un organismo oficial.

El certificado de sanidad lo exigen ciertos países como documento indispensable para conceder la entrada de la mercancía en el territorio, para uso y consumo humano, es decir, que la mercancía exportada cumple con la normativa legal internacional en cuanto al estado sanitario de ésta. Debe ser expedido por la autoridad sanitaria competente.

El certificado de peso que emite el transportista, el propio exportador o el organismo competente, enumera cada uno de los bultos, su peso unitario, el método y el procedimiento de embalaje.

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