NIC 39: Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Valoración

VI.  Conclusiones

 

1.     Los derivados son activos o pasivos por que suponen derecho u obligaciones que pueden ser liquidados con dinero por lo que estos deben ser reconocidos en los Estados Financieros.

2.    La NIC 39 estable como único criterio fundamental valorativo para los instrumentos financieros el Valor Razonable.

3.     Las ganancias o perdidas en derivados no deben ser reconocidos como activos o pasivos, sino que debe reconocerse como ingresos o gastos o, en su caso, forman parte de los fondos propios.  Es decir que los beneficios o perdidas no pueden ser diferidos como activos o pasivos.

4.  Se permitirá un tratamiento contable especial aplicable a situaciones de cobertura para aquellas transacciones que cumplan unos criterios razonables, solo deberá aplicarse cuando existe una relación entre instrumentos   derivados y un elemento patrimonial existente o una transacción futura probable.