El Inmovilizado Gastos Amortizables |
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Como consecuencia de la constitución de la sociedad «Y, SA», se paga al comienzo del ejercicio 1.9X7al notario 120.000 pts. aplicando una retención del 15% a cuenta del IRPF, por el registro de la sociedad 50.000 pts. y por el Impuesto de Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados 300.000 pts. Al mismo tiempo, «Y, SA» paga por cuenta corriente los gastos de la campaña de publicidad y los relativos a la captación del personal que ascienden a 250.000 pts. y 300.000 pts., respectivamente
Se pide: Contabilizar las operaciones anteriores (el tipo de IVA es el 16%) . ¿Qué saldo tendrán los gastos de establecimiento al cierre del ejercicio?
a. Cálculo de los gastos de constitución
+ Gastos de notario 120.000 + Gastos de registro 50.000 + Impuesto de transmisiones patrimoniales 300.000 = GASTOS DE CONSTITUCION 470.000
+ IVA 16%*170.000 27.200 - Retención a cuenta de IRPF (15%*120.000) 18.000 = Total desembolsado 479.200
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470.000 27.200 |
(200) Gastos de constitución (472) HP, iva soportado |
a |
(572) Banco e instituciones de crédito
c/c, vista, pesetas (4751) Hacienda Pública, acreedor por retenciones practicadas |
479.200 18.000 |
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b. Cálculo de los gastos de primer establecimiento
+ Publicidad de lanzamiento 250.000 + Gastos de captación de personal 300.000 = GASTOS DE PRIMER ESTABLECIMIENTO 550.000
+ IVA 16%*550.000 88.000 = Total desembolsado 638.000
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550.000 88.000 |
(201) Gastos de primer establecimiento (472) HP, iva soportado |
a | (572) Banco e instituciones de crédito c/c, vista, pesetas | 638.000 |
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c. Saldo de los gastos de establecimiento al cierre del ejercicio: si se amortizan en el plazo máximo legal, cinco años, su saldo al cierre del ejercicio será de cuatro quintas partes, es decir, 376.000 pts y 440.000 pts, respectivamente.