Contabilidad Financiera de entidades no lucrativas

Citar como: Fullana Belda, C. (2001): "Contabilidad Financiera de Entidades no lucrativas", [en línea] 5campus.com, Contabilidad financiera <http://www.5campus.com/leccion/contenl> [y añadir fecha consulta]

 

 

I           PARTICULARIDADES DE LAS ENL QUE AFECTAN A SU CONTABILIDAD

 

-           Su capital no es propiedad de agentes interesados en su rentabilidad económica.  La  protección de la inversión bursátil no es un objetivo que deba estar presente en la contabilidad de estas entidades.

 

            -           Su capital deja de pertenecer al patrimonio del fundador y posteriores donantes para personificarse en otro autónomo, afecto a la realización de un fin, y tutelado por los poderes públicos. La obtención de información sobre el grado de cumplimiento de tales fines y el mantenimiento de la integridad del patrimonio es objetivo prioritario a satisfacer por sus estados contables.

 

            -           Se trata de entidades híbridas donde se mezclan elementos de Derecho Público administrativo con los de Derecho Privado. Su sistema contable debería permitir uniformar y facilitar los controles financieros a realizar desde los ámbitos público y privado.

 

            -           Su misión básica consiste en la conversión de recursos en servicios sociales. La comprobación periódica del grado de cumplimiento de los objetivos operacionales es un requisito que debe estar presente en su sistema contable.

 

            -           Junto con las actividades de interés general, estas entidades también suelen realizar algún tipo de actividad mercantil de carácter instrumental como fuente accesoria de recursos a destinar a la prestación de servicios sociales. Una adecuada separación de partidas contables afectas a unas y otras actividades, debería estar presente en su sistema de información contable.

 

            -           Dada la ausencia de ánimo de lucro, y la naturaleza de sus actividades, el dato de beneficio neto no es un buen indicador de los logros de la entidad. Los informes contables deberían incidir en la posición financiera real de la entidad mas que en su resultado económico, y suministrar un tipo de  información que no está presente en el caso de las empresas de negocios.

 

            -           Los agentes económicos que aportan los recursos de la entidad, son normalmente distintos de los beneficiarios de los servicios prestados por ésta, por lo que los primeros no condicionan su donación basándose en la satisfacción experimentada en el disfrute de tales servicios, sino en otro tipo de percepciones que les aporten una medida sobre la calidad y oportunidad de las actividades de la entidad. El acceso a este tipo de percepciones debería formar parte de los objetivos de información presentes en sistema de información contable de estas entidades.

 

 

 

II         LAS INFORMACIÓN CONTABLE EXTERNA DE LAS ENTIDADES NO LUCRATIVAS.

 

 Las necesidades de información de los usuarios de los estados contables, estarán en función del interés participativo que cada grupo de usuarios mantenga respecto de la entidad. Aunque estos intereses serán diversos, los pronunciamientos doctrinales al respecto los delimitan en unas pocas áreas. Este proceso de simplificación de objetivos resulta crucial para poder resolver el dilema que se plantea entre el coste de la obtención de la información contable y los beneficios obtenidos por los usuarios por el uso de la información.

 

 El objetivo primario de los estados financieros de las ENL será proporcionar información relevante que satisfaga los intereses comunes de donantes, miembros, acreedores y otros que suministran recursos a estas entidades (usuarios externos). Los intereses comunes de tales usuarios externos de los estados contables consisten en determinar:

 

            a)         Los servicios proporcionados por la entidad y su capacidad para seguir proporcionándolos.

            b)         La manera en que los gestores de la entidad desempeñan sus responsabilidades y otros aspectos de su actuación..

 

 Tanto los  órganos de gobierno como los de órganos de vigilancia y control (Ministerio o Gobierno Autónomo correspondiente a través de su Protectorado), pueden ser denominados como “usuarios internos” y como tales, además de la información suministrada por los informes financieros necesitan gran cantidad de información contable interna para poder llevar a cabo sus responsabilidades en la planificación y control de las actividades. Los órganos de control, precisan en especial información relacionada con las decisiones tomadas por los órganos de gobierno con el fin de analizar el cumplimiento de los requisitos legales y del mandato presupuestario, asegurando que los recursos fueron utilizados en los objetivos propuestos. No obstante, estos usuarios poseen la autoridad que les permite obtener la información necesaria para cumplir sus objetivos.

 

 El establecimiento de unos objetivos para la información financiera, implica su sometimiento a unos requisitos que le doten de unas determinadas características que permitan evaluar su cumplimiento y garantizar la eficacia en el proceso de toma de decisiones por parte de los diferentes usuarios de dicha información.

 

 En este punto es donde hemos de remitirnos a la figura de usuario principal que el marco conceptual contable para ENL ha elegido. Ello  será de utilidad para soslayar las divergencias en cuanto a las características de la información. Así, tomando como usuario principal a los suministradores de recursos de la entidad, tanto presentes como futuros, se ha de otorgar mayor importancia al objetivo de utilidad para toma de decisiones en su vertiente predictiva.

 

 

 

III        LOS DOCUMENTOS DE INFORMACIÓN CONTABLE EXTERNA DE LAS ENTIDADES NO LUCRATIVAS.

 

 Los elementos de los estados financieros, su reconocimiento y valoración, constituyen la forma en que se materializan las cuestiones tales como la satisfacción de las necesidades  de los usuarios, objetivos de la información financiera y requisitos que debe cumplir dicha información a las que el marco conceptual contable trata de dar respuesta. Como podemos observar en el cuadro que se presenta a continuación, a nivel internacional, no existe unanimidad respecto a los documentos que conforman las cuentas anuales de las ENL.

 

 

DOCUMENTOS QUE FORMAN LAS CUENTAS ANUALES DE LAS ENL

EEUU

(SFAS 117."Financial Statements of Not-for-Profit Organizations", 1993.)

ESPAÑA

(NORMAS DE ADAPTACIÓN AL PGC

 RD 776/1998)

FRANCIA

(NORMAS DE ADAPTACIÓN AL PGC.

 AVIS 98-12 DE 1998)

*Estado de posición financiera (Balance de situación).

*Estado de actividades (Cuenta de resultados).

*Estado de flujos de caja.

*Notas aclaratorias

*Balance de situación.

*Cuenta de resultados.

*Memoria (con Estado de liquidación del presupuesto, Cuadro de financiación y notas aclaratorias)

*Balance de situación.

*Cuenta de resultados.

*Anexo, que comprende las informaciones sobre hechos posteriores al cierre.

 

 

 Las normas de adaptación del PGC (RD 776/1998) a entidades sin fines lucrativos han supuesto importantes modificaciones en cuanto a normas de elaboración de cuentas anuales respecto a lo establecido para las empresas de negocios, especialmente en el apartado relativo a la Memoria. También se observan diferencias en cuanto al cuadro de cuentas, entre estas lógicas diferencias, consecuencia de los rasgos especiales que caracterizan a estas entidades, se destacan principalmente:

 

            -           En el grupo 1 se ha introducido la cuenta 100 "Dotación fundacional", para recoger las aportaciones y los resultados "capitalizados".

 

                        Se han mantenido las cuentas de reservas, aunque en el caso de las fundaciones, dada la legislación que les es de aplicación, es una partida que raramente puede producirse. Conviene recordar que están obligadas por la Ley de Fundaciones de Competencia Estatal (Ley 30/1994) a destinar como mínimo un 70% de sus ingresos netos a la realización de actividades fundacionales, y el porcentaje restante a dotación fundacional. Por ello, el destino de sus excedentes será consumirlos en la realización de actividades o aplicarlos a dotación fundacional, pero nunca destinarlos a reservas. Sólo es posible un destino de excedente a reservas de forma temporal, dado que la Ley otorga un plazo de tres años para su aplicación a la realización de actividades fundacionales, y para ello se ha establecido el subgrupo 12. EXCEDENTES PENDIENTES DE APLICACIÓN, diferenciando esta partida de las reservas propiamente dichas. También pueden darse las reservas de revalorización.

 

                        Dado que las normas de adaptación son de aplicación a otras formas de entidades no lucrativas, además de la de fundación, tiene sentido la inclusión en el modelo de Balance del subgrupo 11 RESERVAS, aunque su utilización es muy limitada para el caso de las fundaciones.

 

                        La cuenta 129, cambia su denominación a la de "excedente del ejercicio", aunque su contenido sigue siendo el mismo que el del ámbito mercantil.

 

            -           En subgrupo 13. INGRESOS A DISTRIBUIR EN VARIOS EJERCICIOS, se realiza un desarrollo a cinco dígitos de las cuentas de subvenciones con el fin de distinguir su afectación a la actividad propia o a la mercantil.

 

            -           Aparece la cuenta 145 "Provisión para reparaciones y conservación de bienes del Patrimonio Histórico", destinada a registrar los importes estimados para atender a las reparaciones de estos bienes, que no son objeto de amortización, por considerarse que su depreciación no debe seguir este sistema de registro contable. Esta provisión es distinta de la establecida en la cuenta 2921 “Provisión por depreciación de bienes del patrimonio Histórico”, que recoge el importe de las correcciones valorativas por pérdidas reversibles producidas en estos bienes.

 

            -           El subgrupo 23 queda destinado para el registro contable de los bienes del Patrimonio Histórico, por lo que el contenido clásico de este subgrupo (inmovilizaciones materiales en curso y anticipos) se traslada a la cuenta 229.

 

            -           Los subgrupos 41 y 44 han sido modificados en su contenido, incluyendo los acreedores y deudores de la actividad propia de la entidad, con sus correspondientes cuentas de provisiones por insolvencias de deudas que tengan su origen en la actividad propia de la Fundación.

 

            -           Para el registro de los gastos peculiares a este tipo de entidades y que no se dan en las empresas de negocios, se ha habilitado el subgrupo 65 AYUDAS MONETARIAS DE LA ENTIDAD Y OTROS GASTOS DE GESTIÓN El desarrollo del citado subgrupo es el siguiente:

 

                        - 650     AYUDAS MONETARIAS INDIVIDUALES

- 651     AYUDAS MONETARIAS A ENTIDADES

- 652     AYUDAS MONETARIAS REALIZADAS A TRAVÉS DE OTRAS ENTIDADES O CENTROS

- 653     COMPENSACIÓN DE GASTOS POR PRESTACIONES DE COLABORACIÓN

- 654     REEMBOLSO DE GASTOS AL ÓRGANO DE GOBIERNO

- 655     PERDIDAS DE CRÉDITOS INCOBRABLES DERIVADOS DE LA ACTIVIDAD

- 656     RESULTADOS DE OPERACIONES EN COMÚN

- 658     REINTEGRO DE SUBVENCIONES, DONACIONES Y LEGADOS RECIBIDOS, AFECTOS A LA ACTIVIDAD PROPIA DE LA ENTIDAD

- 659     OTRAS PÉRDIDAS DE GESTIÓN CORRIENTES

 

 

            -           En lo que respecta a los ingresos, el subgrupo 72  INGRESOS PROPIOS DE LA ENTIDAD se recogen los ingresos de la entidad derivados de su actividad no lucrativa y que normalmente constituirán su principal fuente de financiación. Dicho grupo se desarrolla en cuentas de tres dígitos con objeto de diferenciar los distintos orígenes de estos ingresos:

 

                        - 720     CUOTAS DE USUARIOS

- 721     CUOTAS DE AFILIADOS

- 722     PROMOCIONES PARA CAPTACIÓN DE RECURSOS

            - 723     INGRESOS DE PATROCINADORES Y COLABORACIONES

- 725     SUBVENCIONES OFICIALES AFECTAS A LA ACTIVIDAD PROPIA DE LA ENTIDAD IMPUTADAS AL RESULTADO DEL EJERCICIO

- 726     DONACIONES Y LEGADOS AFECTOS A LA ACTIVIDAD PROPIA DE LA ENTIDAD IMPUTADOS AL RESULTADO DEL EJERCICIO

- 728     INGRESOS POR REINTEGRO DE AYUDAS Y ASIGNACIONES

 

 

 

LAS CUENTAS ANUALES PARA FUNDACIONES ESPAÑOLAS DE COMPETENCIA ESTATAL (NORMAS DE ADAPTACIÓN AL P.G.C. A ENTIDADES SIN FINALIDAD LUCRATIVA. RD 776/1998)

 

 los estados contables a presentar por estas entidades no difieren, en cuanto a su formato y contenido a lo dispuesto con carácter general para las entidades lucrativas, pero se incrementan los contenidos de información, puesto que si bien las cuentas anuales comprenden el Balance, la Cuenta de resultados y la Memoria, se incluyen dentro de ésta última  ,como contenidos obligados por su legislación, el estado de liquidación del presupuesto, el cuadro de financiación para todas las entidades, con independencia de su dimensión y del modelo de cuentas, normal o abreviado, que se utilice, así como otra información específica para estas entidades .

 

EL INVENTARIO:

 

 En las normas de adaptación al PGC, el Inventario no figura dentro del contenido de las cuentas anuales, sino que claramente especifica en su disposición adicional segunda que se trata de un documento aparte, destinado al Protectorado de las Fundaciones, en el que se exigen unos requisitos de información superiores:

 

“Comprenderá los elementos patrimoniales integrantes del Balance de la entidad, distinguiendo los distintos bienes, derechos y obligaciones y otras partidas que los componen.

 

            A tal efecto se confeccionará un documento en el que se indicarán para los distintos elementos patrimoniales que los protectorados determinen en función, entre otros criterios, de su importancia cuantitativa y la vinculación a fines propios de la entidad, los siguientes aspectos:

 

                        a) Descripción del elemento.

                        b) Fecha de adquisición.

                        c) Valor contable.

                        d) Variaciones producidas en la valoración.

                        e) Provisiones, amortizaciones y cualquier otra partida compensadora que afecte al elemento patrimonial.

                        f) Cualquier otra circunstancia de carácter significativo que afecte al elemento patrimonial, tales como gravámenes, afectación a fines propios o si forman parte de la dotación fundacional”.

 

            El criterio de valoración a utilizar será el del valor contable, establecido en las normas de valoración de la adaptación al PGC.

 

            Es de destacar que en esta relación de elementos patrimoniales se permite una clasificación funcional que puede presentar de forma claramente diferenciada los que están destinados a la actividad mercantil de la Fundación, si es que la hubiere, de aquellos que se destinan a su actividad principal, y dentro de ésta, los que están vinculados permanentemente al patrimonio de la entidad, por formar parte de la dotación fundacional (diferenciando la dotación inicial de las dotaciones sucesivas), y los que tienen una vinculación temporal. Consideramos que el Inventario debería informar de los elementos patrimoniales afectados por restricciones de uso impuestas por sus donantes o por las normas internas de la Fundación, especificando el carácter temporal o permanente de tales restricciones.

 

            Esta diferenciación es, incluso, necesaria, ya que la Ley de Fundaciones de Competencia Estatal establece, en su artículo 19, un protocolo de autorizaciones previas al Protectorado para la enajenación y gravamen de los elementos patrimoniales que formen parte de su dotación o estén directamente vinculados al cumplimiento de los fines fundacionales. Para la enajenación o gravamen de los bienes no incluidos en el apartado anterior, sólo se establece la obligación de comunicación inmediata al Protectorado. De ahí la necesidad de realizar una clasificación funcional de los elementos que conforman el patrimonio de la Fundación.

 

EL BALANCE DE SITUACIÓN:

 

            La información proporcionada por el balance, usada junto con datos relacionados e información procedente de otros estados financieros, permite a donantes, miembros, acreedores y otros usuarios evaluar:

 

            a)         La capacidad de la organización para seguir suministrando servicios; y

            b)         La liquidez, flexibilidad financiera y capacidad de la organización para hacer frente a sus obligaciones, así como de sus necesidades de financiación externa.

 

 

            Las normas de adaptación al PGC para entidades sin ánimo de lucro, ofrecen un modelo y contenidos de Balance de situación (en formatos normal y abreviado), en sintonía con los contenidos con carácter general para las empresas mercantiles: "Se han respetado en lo posible los títulos y estructura de los grupos del PGC, pero la elaboración y adaptación sectorial ha exigido, en algunos casos, la modificación de denominaciones de cuentas y el desglose de varias de ellas en cuentas de cuatro cifras. Además, se han habilitado cuentas específicas para estas entidades, así como otras que, sin ser específicas, se ha considerado conveniente su incorporación porque aclaran ciertas operaciones no recogidas expresamente en el PGC"[1].

 

            A continuación presentamos el modelo de Balance, en su formato normal, que se recoge en las normas de adaptación del PCG para entidades sin ánimo de lucro.

 

 

BALANCE DEL EJERCICIO...

ACTIVO

PASIVO

Ejercicio N

Ejercicio N-1

A) Fundadores/asociados por desembolsos no exigidos

 

B) Inmovilizado

I.   Gastos de establecimiento

II.  Inmovilizaciones inmateriales

1.Gastos de investigación y desarrollo

2.Concesiones, patentes, licencias, marcas y similares

3.Fondo de comercio

4.Derecho de traspaso

5.Aplicaciones informáticas

6.Anticipos

7.Provisiones

8.Amortizaciones

III. Bienes del Patrimonio Histórico

1.Bienes inmuebles

2.Archivos

3.Bibliotecas

4.Museos

5.Bienes muebles

6.Anticipos sobre bienes del Patrimonio Histórico

7.Provisiones

IV.  Otras inmovilizaciones materiales

1.Terrenos y construcciones

2.Instalaciones técnicas y maquinaria

3.Otras instalaciones, utillaje y mobiliario

4.Anticipos e inmovilizaciones materiales en curso

5.Otro inmovilizado

6.Provisiones

7.Amortizaciones

V.  Inmovilizaciones financieras

1.Participaciones en entidades del grupo

2.Créditos a entidades del grupo

3.Participaciones en entidades asociadas

4.Créditos a entidades asociadas

5.Cartera de valores a largo plazo

6.Otros créditos

7.Depósitos y fianzas constituidos a largo plazo

8.Provisiones

 

C) Gastos a distribuir en varios ejercicios

 

D)Activo circulante

I.  Fundadores/asociados por desembolsos exigidos

II. Existencias

1.Bienes destinados a la actividad

2.Materias primas y otros aprovisionamientos

3.Productos en curso y semiterminados

4.Productos terminados

5.Subproductos, residuos y materiales recuperados

6.Anticipos

7.Provisiones

III. Usuarios y otros deudores de la actividad propia

IV.  Otros deudores

1.Clientes por ventas y prestaciones de servicios

2.Entidades del grupo, deudores

3.Entidades asociadas, deudores

4.Deudores varios

5.Personal

6.Administraciones Públicas

7.Provisiones

V.  Inversiones financieras temporales

1.Participaciones en entidades del grupo

2.Créditos a entidades del grupo

3.Participaciones en entidades asociadas

4.Créditos a entidades asociadas

5.Cartera de valores a corto plazo

6.Otros créditos

7.Depósitos y fianzas constituidos a corto plazo

8.Provisiones

VI. Tesorería

VII. Ajustes por periodificación

 

TOTAL GENERAL (A + B + C + D)......

A) Fondos propios

I.   Dotación fundacional/ Fondo social

II.  Reserva de revalorización

III. Reservas

1. Reservas estatutarias

2. Otras reservas

IV. Excedentes de ejercicios anteriores

1. Remanente

2. Excedentes negativos de ejercicios anteriores

V. Excedente del ejercicio (positivo o negativo)

 

B) Ingresos a distribuir en varios ejercicios

1. Subvenciones, donaciones y legados de capital y otros

2. Diferencias positivas de cambio

3. Otros ingresos a distribuir en varios ejercicios

 

C) Provisiones para riesgos y gastos

1. Provisiones para pensiones y obligaciones similares

2. Provisiones para impuestos

3. Otras provisiones

4. Fondo de reversión

5. Provisión para reparaciones y conservación de bienes del Patrimonio Histórico

 

D) Acreedores a largo plazo

I. Emisiones de obligaciones y otros valores negociables

1. Obligaciones

2. Otras deudas representadas en valores negociables

II. Deudas con entidades de crédito

III. Deudas con entidades del grupo y asociadas

1. Deudas con entidades del grupo

2. Deudas con entidades asociadas

IV. Otros acreedores

1. Deudas representadas por efectos a pagar

2. Otras deudas

3. Fianzas y depósitos recibidos a largo plazo

V. Desembolsos pendientes sobre acciones no exigidos

1. De entidades del grupo

2. De entidades asociadas

3. De otras entidades

 

E) Acreedores a corto plazo

I. Emisiones de obligaciones y otros valores negociables

1. Obligaciones

2. Otras deudas representadas en valores negociables

3. Intereses de obligaciones y otros valores

II. Deudas con entidades de crédito

1. Préstamos y otras deudas

2. Deudas por intereses

III. Deudas con entidades del grupo y asociadas a corto plazo

1. Deudas con entidades del grupo

2. Deudas con entidades asociadas

IV. Beneficiarios-Acreedores

V. Acreedores comerciales

1. Anticipos recibidos por pedidos

2. Deudas por compras o prestaciones de servicios

3. Deudas representadas por efectos a pagar

VI. Otras deudas no comerciales

1. Administraciones Públicas

2. Deudas representadas por efectos a pagar

3. Otras deudas

4. Remuneraciones pendientes de pago

5. Fianzas y depósitos recibidos a corto plazo

VII. Provisiones para operaciones de tráfico

VIII. Ajustes por periodificación

 

 

TOTAL GENERAL (A+B+C+D+E).......................

 

 

 

 

 La  información se estructura de forma similar a la existente para las empresas lucrativas, sin diferenciar los elementos patrimoniales afectos a la actividad propia de los aplicados a actividades lucrativas, ni informar sobre las restricciones de uso que les son de aplicación, por lo que las particularidades específicas que en cuanto a información afectan a estas entidades, se han reservado para su registro en la Memoria.

 

LA CUENTA DE RESULTADOS:

 

 La Cuenta de resultados de las normas de adaptación, tiene una estructura similar a la existente en el PGC para entidades lucrativas, pero su significado no puede ser el mismo; informa de en qué medida la organización ha mantenido su capital a través de la actividad, pero el resultado obtenido no sirve como indicador del éxito en estas organizaciones, puesto que  los logros de estas entidades se miden por la magnitud de los servicios prestados con los recursos disponibles, y dicha magnitud no hay modo de medirla a través de una Cuenta de resultados cuyos conceptos aparecen clasificados por naturaleza.

 

 A continuación presentamos el modelo de Cuenta de resultados del ejercicio, en su formato normal, recogido en las normas de adaptación del PGC para entidades sin ánimo de lucro. En él, se sustituye la denominación de pérdidas y ganancias por la de excedentes (negativos o positivos) del ejercicio, entendidos como autofinanciación que, al no ser objeto de distribución, pone de manifiesto el ahorro o desahorro producido. Un excedente positivo pondrá de manifiesto una mayor capacidad de la entidad para realizar actividades en el futuro. Un excedente negativo indicará que la entidad ha realizado sus fines utilizando ahorros de ejercicios anteriores.

 

CUENTA DE RESULTADOS DEL EJERCICIO...

DEBE

HABER

EJERCICIO N

EJERCICIO

N-1

A) GASTOS

   1. Ayudas monetarias y otros

       a) Ayudas monetarias

       b) Gastos por colaboraciones y del órgano de gobierno

       c) Reintegro de ayudas y asignaciones

   2. Aprovisionamientos

 

 

 

 

   3.Reducción de exist. de productos terminados y en curso de fabricación

   4.Gastos de personal

       a) Sueldos, salarios y asimilados

       b) Cargas sociales

   5. Dotaciones para amortizaciones de inmovilizado

   6. Otros gastos

       a) Servicios exteriores

       b) Tributos

 

       c) Otros gastos de gestión corriente

       d) Dotación al fondo de reversión

 

   7. Variación de las provisiones de la actividad

 

 

 

I. RESULTADOS POSITIVOS DE EXPLOTACIÓN

   (B1+B2+B3+B4+B5-A1-A2-A3-A4-A5-A6-A7)           

 

   8. Gastos financieros y gastos asimilados

       a) Por deudas con entidades del grupo

 

       b) Por deudas con entidades asociadas

 

       c) Por deudas con terceros y gastos asimilados

 

 

       d) Pérdidas de inversiones financieras

 

   9. Variación de las provisiones de inversiones financieras

 

 

 

 

 10. Diferencias negativas de cambio

 

II. RESULTADOS FINANCIEROS POSITIVOS

   (B6+B7+B8+B9-A8-A9-A10)         

 

III. RESULTADOS POSITIVOS DE LAS ACTIVIDADES ORDINARIAS

   (AI+AII-BI-BII) 

 

  11. Variación de las provisiones de inmovilizado inmaterial, material y cartera de          control

 

  12. Pérdidas procedentes de inmovilizado inmaterial, material y cartera de control

  13. Pérdidas por operaciones con obligaciones propias

  14. Gastos extraordinarios

  15. Gastos y pérdidas de otros ejercicios

 

IV. RESULTADOS EXTRAORDINARIOS POSITIVOS

   (B10+B11+B12+B13+B14-A11-A12-A13-A14-A15)     

 

V. RESULTADOS POSITIVOS ANTES DE IMPUESTOS

   (AIII+AIV-BIII-BIV)                   

 

  16. Impuesto sobre Sociedades

  17. Otros impuestos

 

VI. EXCEDENTE POSITIVO DEL EJERCICIO (AHORRO)

   (AV-A16-A17)  

B) INGRESOS

   1. Ingresos de la entidad por la actividad propia

       a) Cuotas de usuarios y afiliados

       b) Ingresos de promociones, patrocinadores y colaboradores

       c) Subvenciones, donaciones y legados imputados al resultado del ejercicio

       d) Reintegro de subvenciones, donaciones y legados

   2. Ventas y otros ingresos ordinarios

 

   3.Aumento de exist. de productos terminados y en curso de fabricación

   4. Otros ingresos

       a) Ingresos accesorios y otros de gestión corriente

       b) Otras subvenciones

       c) Exceso de provisiones para riesgos y gastos

   5. Trabajos efectuados por la entidad para el inmovilizado

 

I. RESULTADOS NEGATIVOS DE EXPLOTACIÓN

   (A1+A2+A3+A4+A5+A6+A7-B1-B2-B3-B4-B5)          

   6. Ingresos de participaciones en capital

       a) En entidades del grupo

       b) En entidades asociadas

       c) En entidades fuera del grupo

   7. Ingresos de otros valores negociables y de créditos de activo inmovilizado

       a) De entidades del grupo

       b) De entidades asociadas

       c) De entidades fuera del grupo

   8. Otros intereses e ingresos asimilados

       a) De entidades del grupo

       b) De entidades asociadas

       c) Otros intereses

       d) Beneficios en inversiones financieras

   9. Diferencias positivas de cambio

 

II. RESULTADOS FINANCIEROS NEGATIVOS

   (A8+A9+A10-B6-B7-B8-B9)         

 

III. RESULTADOS NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES ORDINARIAS

   (BI+BII-AI-AII) 

 

   10. Beneficios en enajenación de inmovilizado inmaterial, material y cartera de control

   11. Beneficios por operaciones con obligaciones propias

   12. Subvenciones, donaciones y legados de capital y otros afectos a la actividad           mercantil traspasados al resultado del ejercicio

   13. Ingresos extraordinarios

   14. Ingresos y beneficios de otros ejercicios

 

IV. RESULTADOS EXTRAORDINARIOS NEGATIVOS

   (A11+A12+A13+A14+A15-B10-B11-B12-B13-B14)     

 

V. RESULTADOS NEGATIVOS ANTES DE IMPUESTOS

   (BIII+BIV-AIII-AIV)                   

 

VI. EXCEDENTE NEGATIVO DEL EJERCICIO (DESAHORRO)

   (BV+A16+A17) 

 

 

* Con signo positivo o negativo según su saldo

** Esta cuenta puede tener saldo acreedor y, por tanto, la partida A 16 puede tener signo negativo.

 

LA MEMORIA:

 

 Es en este documento donde se han producido las mayores modificaciones respecto al PGC para entidades lucrativas. La Memoria contenida en la adaptación recoge la información relativa a la gestión económica y a las actividades fundacionales: las realizadas en cumplimiento de los fines de la entidad, información sobre los usuarios y beneficiarios, personas empleadas, ingresos, gastos, patrimonio y cambios en los órganos de gobierno y representación, aunque las citadas normas reconocen que los modelos de memoria incluidos en la adaptación contienen la información mínima, sin perjuicio de que deba incluirse cualquier otra información que sin estar contemplada en el modelo de la Memoria, resulte necesaria para que las cuentas anuales en su conjunto reflejen la imagen fiel. Si las actividades fundacionales son de cierta magnitud, las normas entienden que las entidades pueden desarrollar un documento anexo con información de carácter social más detallada.

 

 Igualmente, la Memoria contendrá la información relativa a la parte de inmovilizado (con informaciones específicas a los bienes del Patrimonio Histórico), existencias, ingresos y gastos de explotación, afecta a la actividad propia de la fundación y la que está afecta a la actividad mercantil, si la hubiere, y por tanto, el desglose de resultados obtenidos por cada actividad. Para ello, se creará un apartado especifico denominado “Elementos patrimoniales afectos a la actividad mercantil”.

 

SÍNTESIS COMPARATIVA DEL CONTENIDO DE LA MEMORIA EN EL MODELO NORMAL DE MEMORIA DEL PGC PARA ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS

RD 776/1998

Apartados de la Memoria en el modelo normal de cuentas anuales del PGC para entidades sin fines lucrativos RD 776/1998.

Incremento de contenido respecto al PGC RD 1643/1990 para entidades lucrativas

1. ACTIVIDAD DE LA ENTIDAD

Además de informar sobre las actividades de la entidad, también se han de detallar otros aspectos, como los usuarios o beneficiarios de las mismas

2. BASES DE PRESENTACIÓN DE LAS CUENTAS ANUALES

Sin diferencias

3. EXCEDENTE DEL EJERCICIO

La base de reparto es similar, sin que, como es evidente, figure la posibilidad de asignación a dividendos o similares. Solo se permite su distribución a otras partidas de neto

4. NORMAS DE VALORACIÓN

Sin diferencias, salvo:

- Para el inmovilizado material se añaden los criterios de valoración relativos a los bienes integrantes del Patrimonio Histórico

- Se suprimen los relativos a acciones propias.

5. GASTOS DE ESTABLECIMIENTO

Sin diferencias

6. INMOVILIZADO INMATERIAL

Sin diferencias

7. BIENES DEL PATRIMONIO HISTÓRICO

Este epígrafe no figura en el PGC del 90, pero los criterios que las normas de adaptación regulan para estos bienes, se hacen extensibles con carácter general a cualquier tipo de entidad, de forma que le serán de aplicación si una empresa adquiere o recibe en donación estos bienes[2].

8. INMOVILIZADO MATERIAL

Sin diferencias

9. INVERSIONES FINANCIERAS

Sin diferencias

10. EXISTENCIAS

Sin diferencias

11. USUARIOS Y OTROS DEUDORES DE LA ACTIVIDAD PROPIA

Este epígrafe no figura en el PGC del 90. Recoge el desglose de la partida D.III del activo del balance relativo a derechos sobre usuarios, patrocinadores, afiliados y otros deudores de la actividad propia de la entidad

12. FONDOS PROPIOS

Sin diferencias, salvo ausencia de requerimientos de información relativas a operaciones con capital y acciones.

13. SUBVENCIONES, DONACIONES Y LEGADOS

Se exige desglose entre las vinculadas a la actividad propia de la entidad y, en su caso, con la actividad mercantil.

Información sobre el origen, indicando si se reciben del Sector Público o del privado, indicando para las primeras el Ente que las concede, precisando, en todo caso, si la otorgante de las mismas es la Admón. Estatal, Autonómica o local

14.PROVISIONES PARA PENSIONES Y OBLIGACIONES SIMILARES

Sin diferencias

15. OTRAS PROVISIONES DEL GRUPO I

Se añade el requisito de información sobre las reparaciones y conservaciones de bienes del Patrimonio Histórico cubiertas con provisiones

16. DEUDAS NO DERIVADAS DE LA ACTIVIDAD

Sin diferencias. En el PGC del 90 estas deudas se denominan como no comerciales

17. SITUACIÓN FISCAL

Se añade información sobre la parte de ingresos y resultados que debe incorporarse como base imponible a efectos del impuesto sobre sociedades, y sobre la exención, en su caso, de las explotaciones económicas desarrolladas

18. GARANTÍAS COMPROMETIDAS CON TERCEROS Y OTROS PASIVOS CONTINGENTES

Sin diferencias

19. INGRESOS Y GASTOS

Este epígrafe es la que presenta mayores diferencias entre ambos planes contables, puesto que en las normas de adaptación a entidades sin fines lucrativos se incluye, además,  información relativa a:

- Los gastos de administración del patrimonio de la entidad

- Desglose de la partida I.a del debe de la cta. de resultados, “Ayudas monetarias”, indicando los reintegros producidos y distinguiendo por actividades

- Desglose de la partida 2 del debe de la cta. de resultados, “Aprovisionamientos”, detallando el importe correspondiente a la actividad, y distinguiendo entre compras y variación de existencias

-Información detallada sobre los ingresos, indicando las actividades a las que se destinan y, en su caso, las condiciones a las que están sujetos

20. APLICACIÓN DE ELEMENTOS PATRIMONIALES A FINES PROPIOS

Esta información es exclusiva de las cuentas anuales de las fundaciones, al estar obligadas por la Ley 30/1994 a destinar el 70% de sus rentas netas a financiar actividades propias

También se incluye desglose sobre los bienes y derechos que forman parte de la dotación fundacional y aquéllos vinculados directamente al cumplimiento de los fines propios, detallando los elementos significativos incluidos en las distintas partidas del activo del balance

21. OTRA INFORMACIÓN

Se añade información sobre las autorizaciones otorgadas por el Protectorado, que sean necesarias para realizar determinadas actuaciones, y de las solicitudes de autorización pendientes de recepción del acuerdo correspondiente

22.ACONTECIMIENTOS POSTERIORES AL CIERRE

Sin diferencias

23. CUADRO DE FINANCIACIÓN

A diferencia del PGC del 90, en las normas de adaptación se exige el cuadro de financiación también en el modelo de memoria abreviada

24. CUENTA DE RESULTADOS ANALÍTICA

Sin diferencias, pero adaptada a el cuadro de cuentas de las normas de adaptación.

25. BASES DE PRESENTACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO

Esta información no figura en el contenido de la Memoria del PGC del 90.

26. INFORMACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO

Esta información no figura en el contenido de la Memoria del PGC del 90.

 

EL PRESUPUESTO:

 

 El artículo 23 de la Ley de Fundaciones de Competencia Estatal establece que el Patronato elaborará y remitirá al Protectorado, en los últimos tres meses de cada ejercicio, el presupuesto correspondiente al año siguiente acompañado de una memoria explicativa.

 

 Igualmente, los órganos de gobierno practicarán la liquidación del presupuesto de gastos e ingresos del año anterior. Este estado de liquidación del presupuesto se remitirá al Protectorado, junto con las cuentas anuales (Inventario, Balance, Cuenta de resultados y Memoria con cuadro de financiación) dentro de los seis primeros meses del ejercicio siguiente.

 

 Aunque la Ley de Fundaciones no señala ningún criterio para su formulación, las normas de adaptación del PGC, incluyen un anexo de información presupuestaria donde se detallan las normas a seguir para la elaboración del presupuesto y el estado de liquidación del mismo, así como sus modelos de presentación en formato normal y abreviado.       Los datos presupuestados se presentan por su naturaleza, diferenciando dos niveles básicos:

            -           Operaciones de funcionamiento, que son aquellas que se corresponden con la Cuenta de resultados, permitiendo de esta forma la conciliación entre el resultado contable y este nivel del presupuesto.

 

            -           Operaciones de fondos. Son aquellas que se corresponden con determinadas magnitudes del Balance que pueden producir variaciones presupuestarias, aunque, a diferencia del Balance, en el presupuesto no se considera como variación presupuestaria en el capital circulante el traspaso a corto plazo de los activos y pasivos financieros.[3].

 

 El criterio aplicado para su confección se realiza, para ambos modelos normal y abreviado, sobre la base de los principios de devengo y registro, lo cual permite incluir amortizaciones y provisiones en las cifras presupuestarias. Asimismo permite obtener un documento muy similar a lo que sería una Cuenta de resultados previsional, añadiendo información sobre los gastos e ingresos presupuestarios derivados de las partidas del balance.

 

 

 

 

 

 A continuación, presentamos los documentos que integran la información presupuestaria en su modelo normal, contenidos en las Normas de Información Presupuestaria de las Normas de Adaptación.

 

MODELO NORMAL

PRESUPUESTO DE GASTOS

Epígrafes

Gastos presupuestarios

 

Presupuesto

OPERACIONES DE FUNCIONAMIENTO

1. Ayudas monetarias y otros:

a) Ayudas monetarias.

b) Gastos por colaboraciones y del órgano de gobierno.

2. Consumos de explotación

3. Gastos de personal

4. Dotaciones para amortizaciones de inmovilizado

5. Otros gastos

6. Variación de las provisiones de la actividad y pérdidas de créditos incobrables

7. Gastos financieros y gastos asimilados

8. Gastos extraordinarios

9. Impuesto sobre sociedades

 

TOTAL GASTOS OPERACIONES DE FUNCIONAMIENTO

 

OPERACIONES DE FONDOS

1. Disminución de subvenciones, donaciones y legados de capital y otros

2. Aumento de inmovilizado:

a) Gastos de establecimiento y de formalización de deudas

b) Bienes del Patrimonio Histórico

c) Inmovilizaciones materiales

d) Inmovilizaciones inmateriales

3. Aumento de existencias

4. Aumento de inversiones financieras

5. Aumento de tesorería

6. Aumento del capital de funcionamiento

7. Disminución de provisiones para riesgos y gastos

8. Disminución de deudas.

 

TOTAL GASTOS OPERACIONES DE FONDOS

 

TOTAL GASTOS PRESUPUESTARIOS

 

 

PRESUPUESTO DE INGRESOS

 

Epígrafes

Ingresos presupuestarios

 

Presupuesto

OPERACIONES DE FUNCIONAMIENTO

1. Ingresos de la entidad por la actividad propia:

a) Cuotas de usuarios y afiliados

b) Ingresos de promociones, patrocinadores y colaboraciones.

c) Subvenciones, donaciones y legados imputados al resultado.

2. Ventas y otros ingresos ordinarios de la actividad mercantil.

3. Otros ingresos

4. Ingresos financieros

5. Ingresos extraordinarios

 

 

TOTAL INGRESOS OPERACIONES DE FUNCIONAMIENTO

 

OPERACIONES DE FONDOS

1. Aportaciones de fundadores y asociados

2. Aumento de subvenciones, donaciones y legados de capital y otros.

3. Disminución del inmovilizado:

a) Gastos de establecimiento y de formalización de deudas

b) Bienes del Patrimonio Histórico

c) Inmovilizaciones materiales

d) Inmovilizaciones inmateriales

4. Disminución de existencias

5. Disminución de Inversiones financieras

6.Disminución de tesorería

7. Disminución de capital de funcionamiento

8 Aumento de provisiones para riesgos y gastos

9. Aumento de deudas

 

 

 

TOTAL INGRESOS OPERACIONES DE FONDOS

 

TOTAL INGRESOS PRESUPUESTARIOS

 

 

DISTRIBUCIÓN DEL PRESUPUESTO POR PROGRAMAS

 

 

Programas

GASTOS PRESUPUESTARIOS

INGRESOS PRESUPUESTARIOS

 

Operaciones de funcionamiento

Operaciones de fondos

     Total gastos presupuestarios

Operaciones de funcionamiento

Operaciones de fondos

Total ingresos presupuestarios

Actividad propia 1

Actividad propia 2

Actividad propia 3

Actividad propia 4

Actividad propia 5

 

Total actividades no lucrativas

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Actividad mercantil     

Operaciones financieras

 

Total otras actividades

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL

 

 

 

 

 

 

 

LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO

LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS

 

Epígrafes

 

Gastos presupuestarios

 

Presupuesto

Realización

Desviaciones

OPERACIONES DE FUNCIONAMIENTO

1. Ayudas monetarias y otros:

a) Ayudas monetarias.

b) Gastos por colaboraciones y del órgano de gobierno.

2. Consumos de explotación

3. Gastos de personal

4. Dotaciones para amortizaciones de inmovilizado

5. Otros gastos

6. Variación de las provisiones de la actividad y pérdidas de créditos incobrables

7. Gastos financieros y gastos asimilados

8. Gastos extraordinarios

9. Impuesto sobre sociedades

 

 

 

TOTAL GASTOS OPERACIONES DE FUNCIONAMIENTO

 

 

 

OPERACIONES DE FONDOS

1. Disminución de subvenciones, donaciones y legados  de capital y otros

2. Aumento de inmovilizado:

a) Gastos de establecimiento y de  formalización de deudas

b) Bienes del Patrimonio Histórico

c) Inmovilizaciones materiales

d) Inmovilizaciones inmateriales

3. Aumento de existencias

4. Aumento de inversiones financieras

5. Aumento de tesorería

6. Aumento del capital de funcionamiento

7. Disminución de provisiones para riesgos y gastos

8. Disminución de deudas.

 

 

 

TOTAL GASTOS OPERACIONES DE FONDOS

 

 

 

TOTAL GASTOS PRESUPUESTARIOS

 

 

 

 

LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS

 

Epígrafes

 

Ingresos presupuestarios

 

Presupuesto

Realización

Desviaciones

OPERACIONES DE FUNCIONAMIENTO

1. Ingresos de la entidad por la actividad propia:

a) Cuotas de usuarios y afiliados

b) Ingresos de promociones, patrocinadores y colaboraciones.

c) Subvenciones, donaciones y legados imputados al resultado.

2. Ventas y otros ingresos ordinarios de la actividad mercantil.

3. Otros ingresos

4. Ingresos financieros

5. Ingresos extraordinarios

 

 

 

 

TOTAL INGRESOS OPERACIONES DE FUNCIONAMIENTO

 

 

 

OPERACIONES DE FONDOS

1. Aportaciones de fundadores y asociados

2. Aumento de subvenciones, donaciones y legados de capital y otros.

3. Disminución del inmovilizado:

a) Gastos de establecimiento y de formalización de deudas

b) Bienes del Patrimonio Histórico

c) Inmovilizaciones materiales

d) Inmovilizaciones inmateriales

4. Disminución de existencias

5. Disminución de Inversiones financieras

6.Disminución de tesorería

7. Disminución de capital de funcionamiento

8  Aumento de provisiones para riesgos y gastos

9. Aumento de deudas

 

 

 

 

TOTAL INGRESOS OPERACIONES DE FONDOS

 

 

 

TOTAL INGRESOS PRESUPUESTARIOS

 

 

 

 

DISTRIBUCIÓN POR PROGRAMAS DE LA LIQUIDACIÓN DEL  PRESUPUESTO

 

GASTOS PRESUPUESTARIOS

INGRESOS PRESUPUESTARIOS

Programas

Operaciones de funcionamiento

Operaciones de fondos

Total gastos presupuestarios

Operaciones de funcionamiento

Operaciones de fondos

Total ingresos presup.

 

Ppto

Realización

Ppto

Realización

Ppto

Realización

Ppto

Realización

Ppto

Realización

Ppto

Reali.

Actividad propia 1

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Actividad propia 2

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Actividad propia 3

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Actividad propia 4

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Actividad propia 5

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total activ. no lucrativas

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Activ. Mercantil

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Oper. Financ.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total otras activ.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 La división del documento presupuestario en operaciones de funcionamiento y de fondos, se justifica por el carácter económico mas que financiero que se ha querido dar a este documento, pero ello obliga a hacer previsiones de variaciones de partidas de balance cuya inclusión no era habitual en los presupuestos de las fundaciones.

 

 La clasificación de gastos e ingresos por naturaleza, no es la única adoptada por las normas de información presupuestaria, ya que también se obliga a añadir en el modelo normal, y opcionalmente en el abreviado, una clasificación funcional del documento presupuestario por programas, distinguiéndose entre cada una de las actividades propias de la entidad, la actividad mercantil que pudiera realizar y la relativa a operaciones financieras.

 

 Para la realización del presupuesto por programas, se distinguirá para cada epígrafe las operaciones de funcionamiento y las operaciones de fondos. El documento presenta un apartado específico, descrito en la norma nº 4, en el que se fijan los criterios de asignación a utilizar en la elaboración y liquidación del presupuesto para imputar a cada programa los ingresos y gastos presupuestarios correspondientes.

 

 En la citada norma nº 4, se identifica como programa cada una de las actividades no lucrativas realizadas por la fundación. La actividad mercantil se engloba como un único programa sin necesidad de su desglose, e igual tratamiento global en un programa se da con las actividades financieras, entendidas como tales a las operaciones de fondos y de funcionamiento de naturaleza financiera (ingresos y gastos derivados de las inversiones financieras, tesorería, capital de funcionamiento[4], provisiones para riesgos y gastos y deudas), salvo que sean imputables a un programa determinado. Se observa que el énfasis en la información por programas se pone en las actividades no lucrativas, dando al resto, suponemos que por considerarlas actividades meramente instrumentales encaminadas a la obtención de recursos, un tratamiento global.

 

 Se amplia la dimensión financiera clásica que normalmente ha ofrecido el documento presupuestario en este tipo de entidades, para convertirse en una herramienta de planificación y control.

 

 

EL CUADRO DE FINANCIACIÓN:

 

 Es una novedad en la rendición de cuentas de las fundaciones la obligación de presentación del cuadro de financiación. Constituyendo un intento mas de acercar las obligaciones contables de estos entes a las preexistentes para las sociedades anónimas en el artículo 200 de su Ley. La diferencia entre éstas y las fundaciones radica en que las sociedades que presenten sus cuentas en el modelo abreviado, no están obligadas a elaborar el cuadro de financiación, mientras que la Ley de Fundaciones, en su art. 23, no dispensa de su elaboración en ningún caso. Consecuentemente, en las normas de adaptación figura en los modelos normal y abreviado de la Memoria, que presentamos a continuación. Para su elaboración, habrá que atenerse a lo dispuesto en la norma 8ª de elaboración de las cuentas anuales.

 

CUADRO DE FINANCIACIÓN (modelo normal)

APLICACIONES

Ejercicio

N

Ejercicio

N-1

ORÍGENES

Ejercicio

N

Ejercicio

N-1

1. Recursos aplicados en las      operaciones

 

2. Gastos de establecimiento y      formalización de deudas

 

3. Adquisiciones de inmovilizado:

 a) Inmovilizaciones inmateriales

 b) Bienes del Patrimonio Histórico

 c) Inmovilizaciones  materiales

 d) Inmovilizaciones financieras:

d1) Ent. del grupo

d2) Ent. asociadas

d3) Otras inv. financ.

 

4. Reducciones del fondo social o          dotación fundacional

 

5. Cancelación o traspaso a corto      de  deudas a l/ plazo.

  a) Empréstitos y otros pasivos               análogos

  b) De ent. del grupo

  c) De ent. asociadas

  d) De otras deudas

  e) De proveedores de

     inmov. y otros

 

6. Provisiones para  riesgos y      gastos

 

 

 

Total aplicaciones

Exceso de orígenes sobre aplicaciones (8 de capital circulante)

 

 

1. Recursos procedentes de las      operaciones

 

2. Aportaciones

 

3. Subvenciones de  capital

 

4. Deudas a l/ plazo:

  a) Empréstitos y otros       pasivos análogos

  b) De ent. del grupo

  c) De ent. asociadas

  d) De otras ent.

  e) De proveedores de inmov.        y otros

 

5. Enajenación de inmov:

 a) Inmovilizaciones  inmat.

 b) Bienes del Patrimonio       Histórico

 c) Inmovilizaciones mater.

 d) Inmovilizaciones financ:

d1) Ent. del grupo

d2) Ent. asociadas

d3) Otras inv. financ.

 

6. Cancelación anticipada o            traspaso a c/plz de       inmoviliz. financieras:

a) Ent. del grupo

b) Ent. asociadas

c) Otras inv. financ.

 

 

 

Total orígenes

Exceso de aplicaciones sobre orígenes (9 de capital circulante)

 

 

 

 

 

IV        ASPECTOS ESPECÍFICOS DE LA CONTABILIDAD DE LAS FUNDACIONES.

 

 

PUBLICIDAD E INFORMACIÓN

 

  En virtud del artículo 23.4 de la Ley, las cuentas anuales de las fundaciones han de ser remitidas al Protectorado, que, una vez examinadas y comprobada su adecuación a la normativa vigente, procederá a depositarlas en el Registro de Fundaciones.

 

 Los artículos 36 y 37 de la citada Ley, relativos al Registro, no afectan a las fundaciones de las Comunidades Autónomas, que tienen cada una su propio Registro, ni se ha previsto un mecanismo de coordinación o cooperación entre ellos. La ausencia de un Registro unificado de la totalidad de las fundaciones, puede crear problemas de seguridad jurídica.

 

 El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal ((RD 384/1996 ) , en su art. 4. OTRA INFORMACIÓN SUJETA A CONSTANCIA REGISTRAL, establece la creación de un anexo del Registro donde se depositarán como archivo individualizado para cada fundación:

 

- Con carácter anual, el Inventario, Balance de situación, Cuenta de resultados y Memoria expresiva de las actividades fundacionales y de la gestión económica, en los términos que señala el art. 23.1 de la Ley 30/1994.

            - La liquidación del presupuesto de ingresos y gastos del año anterior.

            - Los informes de auditoría externa.

 

 El art. 12 del citado reglamento, establece que el Registro de Fundaciones, incluido su anexo, es público para todos quienes tengan un interés legítimo en conocer su contenido. El interés se presupone por el sólo hecho de solicitar publicidad. Pero es de señalar que, a fecha de septiembre de 2000, todavía no se ha puesto en funcionamiento el Registro único de Fundaciones de Competencia Estatal, por lo que la información contable relativa a las fundaciones de competencia estatal sigue sin ser pública. Las fundaciones rinden cuentas a los protectorados, y éstos, al no disponer de registro donde depositar y  no estar obligados a publicidad por ninguna normativa, no facilitan este tipo de información a terceros. Con ello, se conculca la intención del legislador y el interés social de dotar de trasparencia a la gestión de estas entidades, impidiendo la obtención de información empírica.

 

 En lo que respecta al depósito de cuentas en el Registro de Fundaciones, conviene tener presente que éste no es competencia del Patronato, sino del Protectorado, según establece el art. 12.6 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal (Real Decreto 316/1996).

 

 

 

LEGALIZACIÓN DE LIBROS

 

 El artículo 12.8 del RFCE, establece que "Corresponde al Protectorado la legalización de los libros de las fundaciones, salvo cuando éstas realicen directamente actividades mercantiles o industriales, en cuyo caso la legalización corresponde al Registro Mercantil".

 

 

 

LOS PRINCIPIOS GENERALES DE CONTABILIDAD

 

 Las Normas de adaptación del P.G.C. a entidades sin fines lucrativos, parten del planteamiento doctrinal imperante, en cuanto a minimizar las diferencias conceptuales entre la contabilidad de las distintas categorías de organizaciones. Por ello, los principios que operan en el modelo contable elaborado para el sector no lucrativo español son iguales a los contemplados para las empresas de negocios. Su aplicación en el ámbito presupuestario no plantea incidencias, dado que en sus normas de información presupuestaria no se ha cuestionado la utilización de principios distintos a los establecidos para el subsistema económico- patrimonial, ni la normativa legal a aplicar en materia presupuestaria presenta divergencias al respecto.

 

 

LAS NORMAS DE VALORACIÓN:

 

 Presentamos a continuación el contenido de dos normas de valoración que poseen un  carácter distintivo en las Normas de Adaptación al PGC para Entidades no lucrativas.

 

            NORMA DE VALORACIÓN 6ª. BIENES DE PATRIMONIO HISTÓRICO

 

 Los diversos conceptos comprendidos en el Patrimonio Histórico, presentan unas particularidades contables, respecto a el resto de los elementos de inmovilizado de la fundación, que aparecen reflejados en la norma de valoración 6ª. PATRIMONIO HISTÓRICO y que se resumen en dos aspectos:

 

                    No son objeto de depreciación sistemática irreversible. La norma contable, basándose en que, dadas sus especiales características, tienen una vida útil ilimitada, no considera que su depreciación deba seguir el registro contable de la amortización. Sólo se contempla la constitución de una provisión para reparaciones y conservación de carácter extraordinario de estos elementos mediante la constitución de un fondo de reparaciones cuya dotación deberá realizarse de forma sistemática a lo largo del tiempo, imputando a cada ejercicio su devengo anual y que garantice la conservación del bien histórico a que se refiere, de forma que cada vez que se deba realizar una reparación de esta clase, circunstancia que se produce al menos cada cierto número de años, la entidad posea los recursos necesarios.

 

                        Sí se considera la posibilidad de depreciaciones reversibles, debiéndose dotar, en su caso, las correspondientes provisiones por la depreciación experimentada, de carácter independiente a la provisión por reparaciones a la que se ha hecho referencia anteriormente.

 

                    Su valoración. La norma de valoración 6ª de las normas de adaptación, establecen que se valorarán por su precio de adquisición, incluyéndose en el mismo los gastos de acondicionamiento, en función de sus características originales. Si tales bienes son donados con carácter gratuito, su valor será el que se derive de los gastos necesarios hasta su incorporación al patrimonio de la entidad sin que en ningún caso deba procederse a la determinación de su valor venal.

 

                        Sin perjuicio de lo anterior, deberá identificarse claramente el importe que corresponde al citado bien, y la parte correspondiente a instalaciones y elementos distintos de los consustanciales que formen parte de los mismos o de su exorno aunque tengan carácter de permanencia. Tales instalaciones y elementos serán objeto de registro separado dentro del inmovilizado material y no formarán parte del Patrimonio Histórico.

 

 Estos criterios que las normas de adaptación regulan para entidades sin fines lucrativos, se hacen extensibles con carácter general a cualquier tipo de entidad, de forma que le serán de aplicación si una empresa adquiere o recibe en donación estos bienes.

 

 

            NORMA DE VALORACIÓN 21ª. SUBVENCIONES Y DONACIONES

 

 Al hablar de subvenciones, donaciones y legados nos referiremos a toda transferencia  de elementos patrimoniales no reintegrables, que se concreta en un cambio de titularidad de un bien, a favor de la fundación receptora.

 

 Las normas de adaptación en su norma de valoración nº 21. SUBVENCIONES, DONACIONES Y LEGADOS, establece que tales elementos se valorarán por su valor venal, con el límite del valor de mercado, cuanto tengan carácter de no reintegrable, salvo cuando se trate de bienes del Patrimonio Histórico que se valorarán de acuerdo a lo previsto en la norma 6ª.

 

 La citada norma  nº 21. establece que se considerarán no reintegrables las subvenciones, donaciones y legados en los que ya se hayan cumplido las condiciones establecidas para su concesión o, en su caso, no existan dudas razonables sobre su futuro cumplimiento.

 

 Las subvenciones recibidas por una fundación pueden tener en principio dos destinos básicos: sus actividades lucrativas de carácter mercantil y sus actividades principales de interés general.

 

            Actividades mercantiles:

 

 -Explotación: Solamente para estas actividades se contemplan las subvenciones de explotación: se llevan directamente a resultados del ejercicio mediante las cuentas 740. “Subvenciones oficiales a la explotación” y 741. “Otras subvenciones a la explotación” dependiendo de su origen.

 

-Capital: Si son de capital (destinadas al establecimiento o estructura fija de la actividad mercantil de la entidad), se registran como ingresos a distribuir en varios ejercicios, diferenciando su origen oficial o no, en las cuentas 130 y 131.

 

 La única particularidad que presentan las normas de adaptación es que el traslado a resultados de los ingresos a distribuir en varios ejercicios de subvenciones afectas a las actividades mercantiles se hará en la partida de extraordinarios, mediante la cuenta 775. “Subvenciones, donaciones y legados traspasados a resultados del ejercicio”. El importe a imputar cada año, se hará en función a la depreciación experimentada durante el período por los activos financiados con dichas subvenciones. En el caso de activos no depreciables, la subvención se imputará al resultado del ejercicio en que se produzca la enajenación o baja en Inventario de los mismos. 

Las normas de adaptación sólo contemplan para este tipo de actividades dos tipos de subvenciones

 

Actividades no lucrativas de interés general:

 

 En base a la citada norma, las subvenciones, donaciones y legados con destino en las actividades de interés general de la fundación y no afectas a la dotación fundacional, se registrarán siempre en el subgrupo 13 como ingresos a distribuir en varios ejercicios (y su contrapartida como activos o disminución de deudas, dependiendo de la naturaleza de la subvención recibida), y se imputarán a resultados como ingresos propios de la entidad en las cuentas 725 y 726 (sin que se contemple la posibilidad de subvención de explotación).

 

 

AUDITORIA

 

            En relación con la auditoría de cuentas, la nueva Ley de Fundaciones se hace eco de la normativa general resultado de la integración de España en la Unión Europea. Así el artículo 23.3 establece que "se someterán a auditoría externa las cuentas de las fundaciones en las que concurran, en la fecha de cierre del ejercicio, durante dos años consecutivos, al menos dos de las siguientes circunstancias:

 

a) Que el total de su patrimonio supere los cuatrocientos millones.

b) Que el importe neto de su volumen anual de ingresos sea superior a cuatrocientos millones de pesetas.

c) Que en número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a cincuenta.

 

 También se someterán a auditoría externa aquellas cuentas que a juicio del Patronato de la Fundación o del Protectorado, y siempre en relación con la cuantía del patrimonio o el volumen de gestión, presenten especiales circunstancias que así lo aconsejen. Entre estas "especiales circunstancias" el RFCE en su art. 13.2 indica: variaciones sustanciales en el patrimonio y en el volumen de gestión, ausencia no adecuadamente justificada de datos, aportación de datos contradictorios o supuestos similares a juicio del Protectorado.

 

 Los informes de auditoría se presentarán en el plazo de tres meses desde su emisión. El Protectorado, una vez examinados y comprobada su adecuación a la normativa vigente, procederá a depositarlos en el Registro de Fundaciones.

 

 Frente a la indefinición en la Ley 30/1994, sobre lo que ha de considerarse como "patrimonio" o "volumen anual de ingresos netos", el RFCE en su art. 13 indica que, a los efectos de fijar la concurrencia de los requisitos que dan lugar a la obligación de someter las cuentas a auditoría externa, se entiende como patrimonio "la cifra total del Activo que figure en el Balance de situación de la fundación, referido siempre a la fecha de cierre del ejercicio".

 

 Se entiende, a los mismos efectos, por volumen anual de ingresos netos "el total de los ingresos de la fundación que figuren en el Haber de la Cuenta de resultados, como consecuencia de las actividades ordinarias de aquélla".

 

 "Para determinar el número medio de trabajadores se han de considerar todas aquellas personas que tengan o hayan tenido alguna relación laboral con la fundación a lo largo del ejercicio haciendo promedio según el tiempo durante el cual hayan prestado esta clase de servicios".

 

 

 

 

RESUMEN:

 

 Las particularidades que presentan las entidades no lucrativas, han dado lugar a la aparición en nuestro país de una adaptación del PGC al ámbito no lucrativo. En ella, se ha intentado mantener, en la medida de lo posible, una equivalencia con el modelo contable para empresas de negocios. Pero, para algunas cuestiones que han sido apuntadas en esta lección, existen importantes modificaciones, entre las que destacamos la obligatoriedad de rendición presupuestaria, así como otros contenidos de la memoria, y criterios de valoración, por lo que  es preciso realizar planteamientos en ocasiones diferentes a los de la contabilidad empresarial.

 

 

 

 

BIBLIOGRAFÍA:

 

Olmos Vicente, I. y Ortega Carballo, E. (directores)

Contabilidad de fundaciones y asociaciones. Madrid. Dykinson. 1999.

Confederación Española de Fundaciones

            Manual práctico de fundaciones y de incentivos fiscales. Madrid. Confederación Española de fundaciones. 2ª ed. 1997.

Fernández Daza, Eliseo.

Estudio y análisis de los aspectos económicos, financieros y de control en las fundaciones. Madrid. Escuela Libre Editorial, 1995.



[1] Introducción al Borrador de las normas de adaptación del PGC a entidades sin fines lucrativos, ICAC, BOICAC Nº 22, 1995.

[2] Introducción a las normas de adaptación del PGC a las entidades sin fines lucrativos. Punto 13, párrafo 3º.

[3] Norma 3ª de información presupuestaria, letra h)

[4] Según las norma de información presupuestaria 3º NORMAS DE ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO, apartado i), a efectos de elaboración del presupuesto, se entiende por “capital de funcionamiento” a los diferentes créditos y débitos recogidos en las cuentas del grupo 4 de la segunda y tercera partes de la adaptación del PGC a las entidades sin fines lucrativos.