Prevención de riesgos laborales

VI Organismos competentes en materia de prevención de riesgos laborales

1) Actuación de las Administraciones Públicas

a) El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y sus órganos periféricos desarrollan las funciones de:

b) Administraciones Laborales de las Comunidades Autónomas

En su ámbito territorial realizarán funciones de:

c) Actuaciones de las Administraciones Públicas en materia sanitaria

Les corresponderá:

 


2) El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo


Es el órgano científico técnico especializado de la Administración General del Estado que tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y la promoción y apoyo e la mejora de esas condiciones.

Desarrolla las siguientes funciones:

 


3) Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Tiene la función de la vigilancia y control de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.

Sus funciones son:

 


4) La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo

Es un órgano colegiado asesor de las Administraciones Públicas en la formación de las políticas de prevención y órgano de participación institucional en materia de Seguridad y Salud en el trabajo.

Está integrado por representantes de la Administración General del Estado, representantes de las Comunidades Autónomas y representantes de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.

Conocerá de las actuaciones que desarrollen las Administraciones Públicas competentes en materia de promoción de la prevención de riesgos laborales, de asesoramiento técnico y de vigilancia y control; y podrá informar y formular propuestas en relación con dichas actuaciones en lo referente a:

 


5) Participación de empresarios y trabajadores

Constituye un principio básico de la política de prevención de riesgos laborales, que deben desarrollar las distintas Administraciones públicas competentes en los distintos niveles territoriales, la participación de empresarios y trabajadores a través de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, en la planificación, programación, organización y control de la gestión relacionada con la mejora de las condiciones de trabajo y la protección de la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo.

 

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