Contabilidad en España V Auditores |
|
En el momento actual y tras reciente reforma están sometidas a auditoría obligatoria a las siguientes empresas:
1.- Según la Ley de Auditoría de Cuentas:
- Sociedades que cotizan en Bolsa.
- Sociedades que emitan obligaciones en oferta pública.
- Sociedades que se dediquen de forma habitual a la intermediación financiera.
- Determinadas sociedades de Seguro.
- Determinadas sociedades que reciban subvenciones y ayudas, realicen obras y prestaciones y suministren bienes al Estado y demás Organismos Públicos.
2.- Según la Ley de Sociedades Anónimas:
- Todas las sociedades que limitan la responsabilidad de sus socios salvo aquellas que puedan presentar balance abreviado (véase apartado 3.2.4.1.).
- Sociedades, cuyos socios, que posean al menos el 5% del capital, lo soliciten al Registrador Mercantil.
- Sociedades en las que se produzcan determinadas modificaciones del capital, fusiones o escisiones.
- Sociedades en las que no existe acuerdo con los socios afectados respecto a la valoración de las acciones.
3.- Según el Código de Comercio:
- Cualquier empresario cuando lo acuerde el Juzgado competente.
- Las sociedades que formulen cuentas consolidadas.