Operaciones pasivas de los bancos |
V. Planes de pensiones y Planes de Jubilación |
Es
un producto que pertenece a los seguros
de ahorro, concretamente sería asimilable a los seguros de vida mixtos. El
titular realiza aportaciones,
según le convenga, con un pago único, de forma periódica o de forma
extraordinaria, con la intención de recuperar en una fecha determinada, las prestaciones,
igualmente en forma de capital (cobrando todo de una sola vez), en forma de
renta o una combinación de ambos, de forma mixta.
La
principal diferencia con los planes de pensiones, radica en que las aportaciones
a los planes de jubilación pueden ser rescatadas,
por ley, a partir de los dos años, incluso antes para casos particulares, sin
necesidad de esperar a la jubilación u otras contingencias (invalidez o
muerte). También resaltar que carecen de las favorables ventajas fiscales de
que gozan los planes de pensiones.