LecciónLas Ampliaciones de Capital |
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Los Derechos Preferentes de Suscripción (DPS) tratan de paliar la dilución patrimonial que sufren los antiguos accionistas de una empresa al producirse una ampliación de su capital, ya que en definitiva aumenta el número de acciones entre las que repartir los potenciales beneficios de la compañía.
Éstos son un derecho que tienen los antiguos accionistas, según una determinada proporción, a suscribir un determinado número de acciones nuevas, en función de las acciones antiguas poseídas, o de obligaciones. Como hemos mencionado anteriormente, en el caso de no ejercitar dicho derecho, la venta de los derechos de suscripción preferentes compensará, al menos en teoría, la pérdida patrimonial que sufre el accionista antiguo.
Por ejemplo, si existe una ampliación de capital 2 X 7, por cada acción antigua que yo tenga me corresponderá un DPS, y por tanto necesitaré 7 de esos derechos para poder adquirir 2 acciones nuevas de la compañía.
Será importante determinar el valor teórico del DPS que de esta forma compensa la pérdida patrimonial del antiguo accionista:
n: es el número de acciones viejas existentes (o proporción).
m: es el número de acciones nuevas emitidas (o proporción).
P0: es el precio de las acciones viejas antes de la ampliación.
P1: es el precio de emisión de las acciones nuevas.
P*: es el precio de las acciones después de la ampliación de capital
dps: es el valor teórico de los derechos preferentes de suscripción.
Puesto que los derechos cotizan en bolsa, pueden darse situaciones de arbitraje en las que merezca la pena no ejercitar los derechos, venderlos, y comprar acciones después de la emisión.
Si el accionista pretende continuar con su inversión y suscribir las acciones nuevas puede operar de distintas maneras:
· Vender todas las acciones viejas y comprar
derechos para suscribir nuevamente.
· Efectuar
la "operación blanca" : vender las acciones viejas
necesarias para efectuar la suscripción de modo que el
inversor no tenga que hacer desembolsos adicionales.
· Vender
los derechos y comprar acciones viejas ex derecho.
· Suscribir
las acciones nuevas que le correspondan.
Pensemos en una acción que cotiza a 12,20 euros y realiza una ampliación de capital de 1 x 7 con desembolso de 3 euros, sin diferencia de dividendos. Es decir por cada 7 acciones antiguas que posea un accionista antiguo, le corresponderán 7 DPS con los cuales podrá adquirir una acción nueva.
Aplicando las fórmulas 1 y 2, anteriormente descritas, obtenemos que la cotización teórica del DPS será de 1,15 euros, mientras que la cotización teórica de la acción ex-derecho será de 11,05 euros.
Pueden darse dos casos:
A) Los derechos cotizan por encima del valor teórico
Los derechos cotizan a 2 euros, las acciones también tenderán a subir por encima del valor teórico, ya que a los poseedores de derechos les es más beneficioso vender esos derechos y comprar acciones tras la ampliación de capital.
Venta de derechos: 2 x 7 + 3
= 17 euros
Si compra una acción en le cuesta: 11,05 euros
Por lo tanto, obtiene un beneficio por acción de 5,95 euros.
B) Los derechos cotizan por debajo de su valor teórico
Supongamos que ahora los DPS cotizan a 1,05
Razonando del mismo modo, resulta conveniente vender las acciones y comprar derechos.
Los derechos más la acción
nueva comprada le cuestan: 1,05 x 7 + 3 = 10,35 euros
Las acciones las vende por 11,05
Por lo tanto, obtiene un beneficio por acción de 0,7 .
En este caso, como se ha indicado anteriormente,
es más ventajoso el adquirir los derechos de suscripción
para la posterior suscripción de acciones. Estas ventajas
pueden ser debidas a la diferencia de los dividendos entre acciones
nuevas y viejas, así como a la pérdida de liquidez
que supone el suscribir acciones nuevas puesto que no cotizan
de forma inmediata.
©
Citar
como: Ferruz Agudo, L. y Vicente Gimeno,
L.A.
(2002): "Las
ampliaciones de capital", [en línea] 5campus.org,
Bolsa y Mercados Financieros <http://www.5campus.org/leccion/amplia/>
[y añadir fecha consulta] |
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