El seguro de caución

Reflexión

1) En un seguro de caución el asegurador garantiza frente a terceros (asegurado) el cumplimiento u omisión del tomador del seguro, en actos mercantiles y comerciales, en una caución siempre el tomador del seguro es persona distinta y contrapuesta al asegurado.


2) La póliza de seguro de caución no regula la relación entre asegurador y asegurado o beneficiario, las cláusulas de la póliza tan sólo rigen en las relaciones entre asegurador y tomador o contratante. La relación entre asegurador y asegurado o beneficiario queda regulada por un certificado individual de seguro de caución, donde el asegurador garantiza al asegurado que el tomador del seguro va a cumplir sus obligaciones contractuales.


3) En caso de incumplimiento del tomador, la persona que figura como asegurado en el contrato se dirigirá al asegurador, para requerir el importe de lo adeudado con el tomador. Dicho importe está constituido por una fianza que se deposita como garante de la actuación del tomador por parte del asegurador fiador.


4) Los clientes potenciales de un seguro de caución son las empresas y personas que mantienen relaciones y contratos con el estado, que comercian con el extranjero (importación y exportación) y, en general, cualquier empresa que a consecuencia de acuerdos de contratación de bienes, servicios, obras y suministros, contraiga responsabilidades frente a terceras personas.

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