La Cuenta de Pérdida y Ganancias Analítica

III Interés de una presentación vertical

3.1.2) Valor de la producción.

La cifra de producción viene determinada por el valor de venta de los productos terminados y/o de los servicios facturados, incluyendo la variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación, más la producción que queda en el seno de la empresa a título de inversión.

Así pues, la producción representa mucho mejor que la cifra de negocios, el valor que la empresa ha producido en el ejercicio; sin embargo, hay que hacer notar que se trata de un valor heterogéneo, puesto que mide las ventas, a precio de mercado, y las existencias y trabajos realizados por la empresa para sí misma, a precio de coste de producción.

Su modo de obtención es el siguiente:

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Cifra de negocios
+ Variación de existencias de productos terminados y en curso (71)
+ Trabajos realizados por la empresa para su inmovilizado (73)
+ Subvenciones a la explotación (74)
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= VALOR DE LA PRODUCCIÓN
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Es necesario observar que junto a los elementos constitutivos de la producción, se incluyen las subvenciones a la explotación. En otras ocasiones ya nos hemos manifestado a favor de esta inclusión, por entender que en cualquier caso, esos ingresos deben considerarse como derivados de las ventas , siendo claro en aquellas situaciones en las que el precio del producto pagado por el cliente se completa hasta el precio de venta con aportaciones en forma de subvención, pero también justificable en los que la subvención se dirige a financiar déficits del ejercicio.

 

Es como decir que en estas situaciones el precio tiene dos componentes: el importe pagado por el cliente y la cuantía asignada por la subvención, siendo conscientes que aunque ésta última no la gane en el mercado, si que la obtiene la empresa y luego la reparte. Ver al respecto Gallizo J.L. (1990).
En este mismo sentido se manifiesta N. Guedj indicando que en determinados sectores de actividad, las subvenciones son un verdadero complemento del precio, representando la contrapartida de la obligación de vender a un precio que no es el de mercado (1986, p. 94)

La solución expresada por el PGC nos parece la más adecuada, máxime si pensamos que ello ha supuesto apartarse en este punto concreto del esquema de plan francés, en cuya filosofía se basa nuestra planificación contable. No obstante, en nuestro vecino país, la disposición final de las subvenciones a la explotación en el estado de resultados no fue unánimemente apoyada, generando largas discusiones en los trabajos previos a la aprobación del PCG de 1982, hasta el punto que los profesionales franceses han reconocido posteriormente, en un documento publicado por la "Ordre des Experts Comptables", que aunque las subvenciones a la explotación no son un producto de la empresa, sino una simple transferencia del Estado hacia la empresa, una óptica más económica aconseja que se integren en la producción y no que queden en el nivel de cálculo del Excedente Bruto de la Explotación, como prevé el PGC de 1982. (1982, p. 46). Ver cuadro 6.2.

A nadie se le escapa que el origen de la controversia está, en que en una concepción global, es decir, a nivel nacional, el concepto de producción no incluye, en ningún caso, las subvenciones; pero hemos de advertir que tampoco incluye otras partidas concretas de ingresos y gastos, cuyas diferencias de tratamiento entre un sistema y otro siempre será necesario ajustar. Sin embargo, con el criterio adoptado por el plan español se consigue para el cálculo empresarial, situar las subvenciones a la explotación dentro del significado económico que realmente representan.

Con respecto a la partida de trabajos realizados por la empresa para su inmovilizado, hemos de indicar que forman parte del valor de la producción ya que suponen la contrapartida de los gastos realizados por la empresa utilizando sus equipos y personal que posteriormente son activados, amortizándose en los ejercicios siguientes a medida que son consumidos. Según el texto del PGC, la valoración de los mismos se obtiene añadiendo al precio de adquisición de las materias primas y otros materiales consumibles, los costes directamente imputables a dichos bienes, pudiendo añadirse también, la parte que razonablemente corresponda a costes indirectamente imputables a los bienes de que se trate.

Concretamente, el Plan permite la inclusión en el coste de producción de los gastos financieros, siempre que tales gastos se hayan devengado antes de la puesta en funcionamiento y correspondan a financiación ajena destinada a financiar la fabricación de inmovilizado. A nuestro modo de ver, y con la perspectiva que da la Cuenta Analítica orientada en parte, a determinar los mencionados saldos intermedios, entendemos que las cargas financieras relacionadas con este concepto, no deberían incluirse en dicha cuenta, ya que no significan algo producido por la empresa; entenderíamos como un mejor criterio llevarlas junto a las demás cargas financieras activadas del subgrupo 27 de Gastos a distribuir en varios ejercicios.

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