Introducción a la PYME

II Problemática en la delimitación de PYME

1) Ausencia de una definición universal de PYME

Como claramente lo expone J. Sotelo (1987), "Probablemente, uno de los aspectos económicos que más literatura ha concentrado en torno a sí, sea el concerniente a la definición del tamaño de una empresa.", en este sentido el autor señala además, que producto de la poca unanimidad en los estudios realizados no ha sido posible delimitar en forma perfecta lo que se entiende por pequeña, mediana o gran empresa. Esta situación produce ciertas dificultades que afectan directa o indirectamente a la PYME(4).

Para entender el nivel de divergencia que existe en este tema, nos centraremos en analizar el cuadro 1.4., en él se recoge una amplia gama de definiciones utilizadas por varios países desarrollados. Llama la atención, en los datos presentados por dicho cuadro, que la gran diversidad de términos no sólo se presentan a nivel de entornos económicos, sino que a su vez se puede observar como al interior de éstos existen gran número de acepciones, según sea la actividad o sector en estudio. En este sentido podemos hacer referencia a los siguientes países: Holanda; Reino Unido y Estados Unidos por citar algunos.

 

Una explicación a la existencia de tantas acepciones para la clasificación de las pequeñas y medianas unidades económicas la encontramos en J. Moneva (1993 p. 41), donde el autor nos señala tres dificultades que impiden un criterio ampliamente aceptado, a saber:

a. Los diversos objetivos que tienen las regulaciones o estudios.

b. El carácter heterogéneo de los negocios incluidos en el grupo a delimitar.

c. La ausencia de discriminación entre empresa o establecimiento.

Un grado de uniformidad en el tema de la definición de PYME, ha sido la implantación por parte de la Comunidad Europea de un criterio único(5) común para todos sus Estados Miembros, es de esperar que todos ellos incorporen como criterio absoluto de definición el estipulado por la CE(6), de esta forma se podrá obtener todos los beneficios que conlleva la uniformidad del término(7).


2) Tipos de criterios utilizados

Las diversas definiciones existentes para delimitar a las unidades económicas según su tamaño, se basan en dos tipos de criterios(8): cualitativos y cuantitativos.

2.1.) Criterios de carácter cualitativos

Responden a características que poseen las entidades a ser clasificadas, estas cualidades son difíciles de valorar numéricamente, entre éstas podemos mencionar las siguientes:

· Grado de identificación o independencia entre la propiedad y los gestores, en el caso de la PYME existe una estrecha relación entre los propietarios y los dirigentes, es muy común encontrar situaciones donde los mismos dirigentes son a su vez los propietarios. Esta situación conlleva a una relación muy directa entre la empresa y sus dueños.

· Cuota de participación de mercado, para la PYME en forma individual esta participación es insignificante, es decir, no posee gran presencia en mercados específicos.

· Control organizativo, este tipo de cualidad se presenta poco desarrollada, en especial en las entidades de menor tamaño.

· Sistema de información interno y externo, en este sentido la PYME suele poseer rudimentarios sistemas de información, es por esto, que sus decisiones se basan más en la intuición que en fundamentos formales, además proporcionan información externa muy simple.

Una detallada lista de los criterios cualitativos, defendidos por algunos autores e Instituciones, se puede observar en el cuadro 1.5.

 

2.2.) Criterios de carácter cuantitativos

La particularidad de estos criterios es la capacidad que poseen para ser medidos, en este sentido J. Moneva (1993 p. 45) señala que existen dos grupos: uno relativo a personas y otro relativo a factores monetarios. De los primeros podemos indicar , entre otros los siguientes:

· Número de empleados.

· Número de accionistas o socios.

· Número de clientes.

Referente a los factores monetarios podemos indicar:

· Cifras de ventas o negocio.

· Total de inversión.

· Beneficio obtenido.

· Valor añadido.

En el cuadro 1.6. se recoge una lista de las principales definiciones de PYME que se basan en criterios cuantitativos. Como se puede apreciar en dicho cuadro y tal como lo indica C. Menéndez (1982 p. 24) "...el tamaño de la plantilla y la cifra de negocios son los dos criterios generalmente más admitidos para establecer una delimitación de la dimensión...", además de prevalecer por sus características de claridad, adaptabilidad y fácil aplicación(9).



 

Hasta ahora hemos analizado los criterios definitorios en forma separada, es decir, definiciones que sólo consideran criterios cualitativos o cuantitativos, existe una tercera corriente de términos que clasifican a las entidades económicas según su tamaño, atendiendo a criterios mixtos, esto es, tanto cualitativos como cuantitativos. El cuadro 1.7. presenta las principales definiciones que utilizan como base criterios mixtos. Se puede apreciar, en dicho cuadro, que las características cuantitativas más recurrentes corresponden al número de trabajadores y a la cifra de negocio; por otro lado, en las características cualitativas de mayor presencia encontramos la relación entre propiedad y dirección y la participación reducida en el mercado.

 


3) Ventajas y desventajas de los criterios utilizados en la delimitación de la PYME.

 

Si se realiza un análisis de las ventajas e inconvenientes que presentan los criterios utilizados para delimitar el tamaño de una empresa, observaremos, tal como lo muestra el cuadro 1.8., que existen más desventajas para los criterios cuantitativos que para los cualitativos, es por esto que creemos que una combinación de ambos permitirá obtener una definición más justa y cercana a la realidad.


(4) Podemos señalar, entre otras dificultades : el acceso a diversas ayudas o subvenciones, en diferentes territorios y como señala J. Moneva (1993 p. 41) de solucionarse el inconveniente de la definición se permitirá una mayor comparabilidad de los datos, lo cual , a nuestro juicio, al no estar aún completamente solucionado no permite, indirectamente, el desarrollo de las PYMEs, a través de las experiencias recogidas de otros países.

(5) El criterio utilizado por la CE, según la IV Directiva de 1978 y sus posteriores actualizaciones son :
- Menos de 500 trabajadores.
- Facturación anual no superior a 40 millones de Euros o Activos Fijos netos inferiores a 27 millones de Euros.


(6) Recordemos que las directivas no son de aplicación obligatoria por los Estados Miembros, como es el caso de los Reglamentos, es por ello que cada país debe observar un acercamiento a dicha disposición legal en su normativa interna.


(7) En este sentido nos podemos referir a las diversas políticas de ayudas en diferentes zonas de la CE; la posibilidad de obtener bases de datos de varios países para su posterior análisis, etc.


(8) J. Moneva (1993); C. Méndez (1982); J. Sotelo (1987); P.A. Julien (1996).

(9) Véase J. Moneva (1993 p. 43-45).


 

 

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